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Superintendencia de Notariado y Registro: medidas transitorias para la prevención y contención del Covid-19

Por PGP Abogados
25 de marzo de 2020

La Superintendencia de Notariado y Registro expidió la Resolución 03130 del 24 de marzo de 2020, con el fin de adoptar medidas de carácter transitorio para la prevención y contención del Covid-19.

A continuación las explicamos de forma resumida:

  1. Se suspenden los términos de los diversos trámites, procedimientos y actuaciones administrativas, actuaciones disciplinarias y procesos registrales que se encuentren en curso ante las diferentes dependencias de la Superintendencia de Notariado y Registro, incluyendo las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país, desde el 24 de marzo de 2020 hasta las cero horas (00:00 a. m.) del 13 de abril de 2020.
  2. En el campo contractual, no se entenderán suspendidos los términos de los procesos, trámites, audiencias o actuaciones que se encuentren en curso y será facultad del Secretario General tomar este tipo de medidas, conforme a los lineamientos fijados por el Gobierno Nacional en el marco de la emergencia sanitaria generada por el Covid-19.
  3. No habrá atención al público en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país, ni en las sedes administrativas de la Superintendencia de Notariado y Registro.
  4. El día 13 de abril de 2020, se reanudarán los términos al igual que la prestación del servicio público y la atención al público. De ser necesario, antes del vencimiento del plazo de suspensión, se podrá optar por la continuidad de la medida.
  5. No obstante, los siguientes servicios prestados por la Superintendencia de Notariado y Registro, continuaran habilitados por la página web www.supernotariado.gov.co:

    1. Expedición de certificados de tradición y libertad.
    2. Expedición de certificados de no propiedad.
    3. Ventanilla Única de Registro.
    4. Consulta de índice de propietarios.
    5. Consulta de licencias urbanísticas.
    6. Consulta de liquidación de herencias.
    7. Consultas de autorizaciones de salida de menores del país.
  6. Finalmente, se deroga la Resolución 0287 del 16 de marzo de 2020, por medio de la cual se habían adoptado medidas transitorias en la prestación del servicio público registral de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.

¿Dónde puede consultarse el texto de la Resolución?

La Resolución 03130 del 24 de marzo de 2020 se encuentra disponible en este enlace.

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