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Defensa ante sanciones sanitarias múltiples: el caso de una empresa automotriz

Por PGP Abogados
19 de noviembre de 2025 | Publicado en Victorias PGP.

Defensa ante sanciones sanitarias múltiples: el caso de una empresa automotriz

Una empresa del sector automotriz enfrentaba tres procesos sancionatorios simultáneos ante la Secretaría Distrital de Salud. La autoridad consideraba que sus instalaciones incumplían normas higiénico-sanitarias (deficiencias en pisos, gestión de residuos peligrosos y aceites) en tres líneas de producción distintas. El riesgo para la compañía incluía multas, daño reputacional y la posible interrupción de sus operaciones.

El equipo Ambiental y Servicios Públicos de PGP Abogados diseñó una defensa técnica, fundamentada en el cumplimiento normativo y el análisis de los hechos, que permitió desvirtuar las imputaciones.

¿Cómo se construye una defensa técnica ante la autoridad sanitaria?

La defensa integral combinó el análisis jurídico con la evidencia técnica. La estrategia se centró en desvirtuar la base de las acusaciones mediante argumentos concretos:

  • Demostración de cumplimiento: Se probó, hecho por hecho, que la sociedad cumplía con todas las conductas señaladas por la autoridad, demostrando que no existía mérito para imponer una sanción.
  • Análisis de riesgo: Se argumentó técnicamente que las conductas imputadas, en caso de existir, no alcanzaban el umbral necesario para constituir un riesgo real para la salud pública.
  • Principio de non bis in idem: Se señaló que acusar a la compañía por tres líneas de producción separadas, cuando los hechos ocurrían en las mismas instalaciones, constituía una violación al principio de non bis in idem (nadie puede ser sancionado dos veces por la misma conducta).

¿Cuál fue el argumento determinante para la supresión de las sanciones?

El punto decisivo fue separar los hechos de la interpretación de la autoridad. Mientras la Secretaría de Salud sancionaba un riesgo potencial basado en una única conducta (el estado de las instalaciones) como si fueran tres infracciones separadas, se demostró dos hechos centrales: que el cumplimiento sí existía y que la autoridad infringía el principio de non bis in idem.

Esta precisión argumentativa, que demostró que el castigo del riesgo era improcedente y que no existía un riesgo real para la comunidad, fue clave para que la autoridad reevaluara el caso.

¿Qué se logró para la compañía cliente?

  • Se logró el archivo de los tres procesos sancionatorios sanitarios que cursaban contra la sociedad.
  • Se revocaron las decisiones iniciales de la autoridad sanitaria, al demostrarse que no existía un peligro real contra la salud pública.
  • Se protegió la integridad financiera y reputacional de la compañía, evitando multas y el precedente negativo de un incumplimiento sanitario.

Conclusión

La observancia de la norma junto con la capacidad de demostrar cómo la operación se alinea con el espíritu de la ley es esencial en entornos regulados, especialmente cuando se trata de la protección real de la salud pública. Este caso ilustra la importancia de articular la evidencia fáctica con principios jurídicos para diferenciar un riesgo material de una interpretación administrativa, asegurando la proporcionalidad en la aplicación de la ley.

Una asesoría enfocada en la prevención y en la estructuración del cumplimiento es clave para la sostenibilidad de cualquier operación. Contáctenos si necesita asesoría.

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