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El POT es el instrumento fundamental para el desarrollo de la ciudad" entrevista a Juan Manuel González

Por Juan Manuel González
3 de diciembre de 2019 | Publicado en Asuntos Legales, La República.

Publicado en Asuntos Legales de La República por José González Bell - jgonzalez@larepublica.com.co


La discusión del POT de Bogotá no da tregua. Si bien el Concejo de la capital hundió el proyecto de Enrique Peñalosa (ocho votos a favor y cinco en contra), el Tribunal Administrativo de Cundinamarca expidió un auto que le ordena a la corporación reabrir los debates sobre el tema. Los cabildantes se oponen a la orden, mientras el alcalde podría convocar sesiones extraordinarias para el debate.

En este sentido, Juan Manuel González, socio de Pinilla, González y Prieto Abogados, habló con AL sobre las consecuencias de no tener un POT actualizado y lo que debería tener la nueva hoja de ruta y los tiempos que tiene la nueva administración.

¿Qué le espera a Bogotá en materia de planificación urbana después de que se hundiera el POT?


Conforme a la Ley 388 de 1997, en Bogotá existe competencia del Alcalde y del Concejo para hacer la revisión ordinaria del Plan de Ordenamiento Territorial, POT, en todos sus componentes. En ejercicio de la misma el alcalde Enrique Peñalosa formuló el proyecto correspondiente con base en estudios técnicos de soporte y siguiendo de manera estricta el procedimiento señalado por la ley para el efecto.
En este sentido, la decisión tomada por el Concejo de votar mayoritariamente la ponencia negativa constituye la finalización de este procedimiento iniciado, por lo cual, la nueva administración de Bogotá en cabeza de la alcaldesa Claudia López, tiene plena competencia para volver a iniciar este proceso en busca de que Bogotá logre el anhelado POT revisado que se ajuste a las nuevas realidades de la ciudad. Mientras esto sucede, el ordenamiento territorial de Bogotá seguirá siendo regulado por el Decreto 190 de 2004 (actual POT).

De este modo, ¿qué alternativas tiene la ciudad?


Una alternativa es que se mantenga el POT vigente, es decir, el Decreto 190 de 2004 y toda su reglamentación, en cuyo caso el desarrollo de la ciudad se basaría en la capacidad reglamentaria de la Alcaldía a través de modificaciones y actualizaciones de las UPZ; expidiendo los planes parciales que permitan la gestión de suelos tanto en desarrollo como en renovación urbana que sean posibles, y actualizando reglamentaciones que permitan un mejor desarrollo. La otra alternativa es iniciar nuevamente la modificación ordinaria del POT.

¿Qué significa para el día a día de la ciudad tener que regirse por un POT de 2004?


La ciudad seguirá desarrollándose conforme a ese POT vigente, que en muchos temas ya no responde a sus necesidades, por ejemplo en materia de usos del suelo, de instrumentos de financiación del desarrollo urbano, planificación en materia vial, capacidad de producción de espacio público, certeza jurídica y simplicidad normativa; y capacidad de gestión del suelo, entre otros temas. En estas condiciones se genera desorden diario en los usos del suelo y se siguen aplazando decisiones fundamentales de inversión que retrasan el desarrollo de Bogotá.

¿Por qué es importante que Bogotá apruebe un nuevo POT?


El POT es el instrumento fundamental para el desarrollo de la ciudad. En él se establecen los objetivos y las decisiones de planificación del territorio con las estrategias, metas y programas necesarios para lograr una ciudad de calidad con el equilibrio económico y social que constituya la base del buen hábitat ciudadano. En este sentido, el POT es la base de los planes de desarrollo y por lo tanto guía las decisiones de inversión tanto del sector público como del sector privado. Así, la contratación para las soluciones adecuadas de malla vial arterial, sistemas de transporte público masivo, generación de espacio público, producción de suelos para los equipamientos requeridos por la ciudad, redes de servicios públicos domiciliarios, y en general todas la inversiones solicitadas por la ciudad, deben estar sustentadas en el POT y por supuesto, si este instrumentos es adecuado técnicamente y contiene normas equilibradas, justas y con seguridad jurídica, también promoverá la inversión privada en el desarrollo del suelo y en la producción y comercialización de bienes y servicios.

¿Hasta cuándo tiene la nueva administración para presentar un nuevo documento?


En este tema hay una discusión jurídica al no existir claridad reglamentaria al respecto, pues la ley señala que las revisiones se deben adelantar al inicio de la administración una vez vencidas las vigencias. Sin embargo, no especifica a qué se refiere ese inicio y tampoco si esta expresión hace alusión al inicio del trámite o a todas sus etapas, y menos aún qué sucede cuando hay un vencimiento de vigencia superior al periodo constitucional.

¿El proyecto del metro de Bogotá podría ser modificado con un nuevo POT?


Por supuesto que un nuevo POT puede tomar decisiones técnicamente sustentadas frente a los sistemas de transporte público masivo, para cuyos efectos seguramente respetará los procesos ya surtidos.

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