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El principio “trabajo de igual valor, igual remuneración”, la eficiencia y su medición

Por Laura Lucía Cacua Gamboa
1 de enero de 2016 | Publicado en Revista DISSERTUM, Undécima edición virtual.

El principio de trabajo de igual valor, igual remuneración garantiza que dos o más trabajadores que ocupen un mismo puesto, desempeñen sus actividades en el marco de una jornada semejante y tengan condiciones de eficiencia equivalentes, sean remunerados de igual forma. No obstante, la evaluación salarial llevada a cabo por los operadores judiciales en los últimos años se ha basado casi que exclusivamente en el estudio del último factor mencionado. De esta forma, se ha dejado de lado una gran variedad de componentes como la experiencia, la antigüedad, la formación académica y la capacidad laboral. Estos, al mismo tiempo que garantizan la consolidación efectiva de los derechos de los trabajadores, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), llevan a que el empleador eleve los niveles de producción y, en este sentido, permita el ingreso de mayores utilidades para su empresa; lo que indefectiblemente conlleva a un bienestar dentro del mercado. Por ello es necesario que la valoración de esta máxima identifique e incluya cada uno de estos ingredientes, además de aquellos que se consideren pertinentes.

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