Informalidad en Colombia, ¿promovida por reformas tributarias?
Los gobiernos recientes han manifestado su interés en lograr un mayor grado de formalidad en Colombia, lo que implica, entre otros factores, que los ciudadanos de a pie cumplan con sus deberes y obligaciones en materia comercial, laboral, de seguridad social, y, por supuesto, tributaria.
Así, en virtud de las recientes reformas tributarias, se han incorporado mecanismos como la facturación electrónica teniente a lograr transparencia de las operaciones, y a que la DIAN tenga de primera mano la información sobre estas. Además, en el Proyecto de Ley de Financiamiento presentado en 2025 (PL25), el Gobierno Nacional plantea revivir la posibilidad de ponerse al día con obligaciones cuestionadas reduciendo sanciones e intereses, e incorpora de forma novedosa la posibilidad de cumplir con obligaciones formales en mora, incluida la presentación de declaraciones; además de la nueva normalización tributaria al 15% propuesta para declarar activos omitidos.
Impacto de la reforma tributaria 2025 en personas naturales
No obstante, vale la pena mencionar algunos de los cambios sustanciales que afectan a las personas naturales y que parecieran estar lejos de incentivar dicha formalidad.
¿Cuáles son los cambios en el impuesto sobre la renta en Colombia?
El PL25 propone incrementar la tarifa máxima del 39% -siendo ya alta- al 41%, que aplica igualmente para retenciones en la fuente. Además, prevé eliminar la deducción por hasta 4 dependientes, permitiendo el beneficio solo por 1. Esto, desconoce la realidad de las familias numerosas y es un retroceso frente al principio de capacidad contributiva pues, al haber más personas a cargo, hay menos recursos para tributar.
De hecho, con la última reforma aprobada, ya se había sentido dicho retroceso en la medida en que se habían reducido sustancialmente los beneficios, y ello afectó el bolsillo de los contribuyentes con la presentación de las declaraciones de 2024.
Asimismo se prevé derogar el descuento para depurar el impuesto a los dividendos, y el tratamiento especial del componente inflacionario (hoy no constitutivo de renta) en productos financieros. Todo lo cual, desincentiva la inversión y el crecimiento financiero.
En cuanto a ingresos ocasionales, se propone aumentar el tiempo de posesión de un activo de 2 a 4 años para que su venta este gravada al 15% y no al 39%, desincentivando la rotación comercial. Frente a las herencias, se establece que estará exento el valor del inmueble heredado que corresponda al valor de una VIS, y no a las 7.700 UVT hoy vigentes (pasando de 383.5 millones a 195).
Otras disposiciones clave del Proyecto de Ley de Financiamiento 2025
El PL25 propone disminuir el umbral para ser declarantes de Impuesto al Patrimonio de 3.385 millones a 1.991. Asimismo, prevé gravar con IVA los combustibles derivados del petróleo, lo cual incrementaría precios de ciertos productos para el consumidor final.
Por su parte, como algo beneficioso, se prevé el incremento de la deducción por compras efectuadas con facturación electrónica del 1% al 5%.
Así, pareciera que las reformas tributarias cada vez están más distantes de promover la formalización, encareciendo aun más las operaciones de las personas naturales, sumado a erogaciones relacionadas como lo son los aportes a seguridad social.
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