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La importancia de la correcta gestión de los residuos durante el covid-19

Por Natalia Núñez
7 de mayo de 2020 | Publicado en Ámbito Jurídico, Legis.

El covid-19 ha traído una serie de cambios desde el punto de vista económico, sanitario y social tanto en Colombia como en el mundo. También ha generado interrogantes como ¿cuál debe ser el manejo, tratamiento o disposición de los residuos sólidos mientras dure la pandemia? ¿Cómo deben gestionarse los desechos de elementos de protección contra el covid-19, tales como tapabocas, guantes, gorros, pañuelos y envases, entre otros, que si bien antes se generaban en actividades normales en atención en salud, ahora se están generando en el marco de actividades domésticas, industriales y comerciales?

Lo anterior, teniendo en cuenta que es posible que este tipo de residuos, independientemente de estar o no contaminados con el virus, se mezclen con residuos sólidos ordinarios, como alimentos o desechos plásticos. Por tal motivo, las discusiones se han centrado recientemente en cuál debe ser su manejo, de cara además a la reapertura de ciertos sectores de la economía en Colombia.

El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente de la Organización de las Naciones Unidas-ONU[1], ha señalado que este tipo de residuos deberían tratarse como peligrosos y ha enfatizado en la importancia del manejo seguro y eficaz de los mismos, para minimizar los riesgos de nuevos brotes, al tiempo que ha sugerido la adopción de medidas como correcta separación, clasificación, empaque, embalaje, transporte y tratamiento.

De igual forma, la Organización Mundial de la Salud ha sugerido como mecanismo de tratamiento y/o disposición final más adecuado, la incineración a temperaturas superiores a los 56° centígrados para erradicar el virus, método que ha sido implementado por países como España, China y otros pertenecientes a la Unión Europea[2].

Ahora bien, frente a la situación en Colombia, si bien es cierto que existe una amplia regulación en materia de residuos por tipo de residuo (ordinarios, especiales, peligrosos, biológicos, biosanitarios o en atención de salud, etc.), dichas disposiciones no regulan la situación actual que se está presentando frente a la mezcla de residuos, ni cómo debe ser su gestión o correcta disposición final. Por tanto, existe un vacío frente a si deben clasificarse como ordinarios y gestionarse a través de la empresa prestadora de servicios públicos o si deben tratarse como peligrosos.

Al respecto, es importante precisar que, en cumplimiento de la legislación actual sobre residuos biológicos, biosanitarios o en atención del sector salud, y en cumplimiento del principio de precaución, en aquellos hogares en los que ya se tengan diagnosticados pacientes con covid-19, dadas sus características infecciosas, su gestión deberá ser especial y serán entregados a gestores autorizados para su disposición final y no a las empresas prestadoras del servicio público de aseo.

En este sentido y bajo la legislación colombiana, los desechos o residuos que hayan podido estar en contacto con el covid-19 o residuos en atención en salud estarían cobijados por el régimen especial de residuos contenido en los decretos 1076 del 2015 y 780 del 2016. Estas normas usualmente aplican, como ya se dijo, a residuos generados en el marco de actividades relacionadas con el sector salud como la práctica médica, bancos de sangre, investigación con organismos vivos, laboratorios, morgues y necropsias y veterinarias, entre otras actividades.

Ahora, frente a los demás residuos ordinarios o desechos de elementos de protección del virus, respecto de los cuales no se tenga certeza sobre su estado de contaminación, lo apropiado sería una correcta separación en la fuente para minimizar los riesgos de contagio y propagación del virus y proteger tanto a los prestadores del servicio público de aseo, como a la población en general.

Los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de Salud y de Vivienda y Protección Social expidieron recientemente una serie de pautas, recomendando que desde los hogares se haga una correcta separación de este tipo de elementos mediante el uso de doble bolsa negra debidamente sellada para entrega al prestador del servicio público de aseo, a fin de diferenciarlos de los residuos ordinarios que se generen.

En el caso de las empresas y demás actividades industriales y comerciales que se reactiven, se esperaría que, además del cumplimiento de los protocolos que se expidan para cada sector, se implementen todos los mecanismos, medidas o prácticas que permitan minimizar los riesgos de propagación del virus y de contagio en sus actividades y frente al medioambiente y la salud en general.

Para ello, se recomienda adoptar manuales o protocolos individuales de gestión interna que incluyan, en cumplimiento del principio de precaución ambiental, las medidas más estrictas para el adecuado manejo de este tipo de residuos, tratándolos dentro de lo posible como residuos peligrosos. De esta forma, podrían implementarse medidas específicas a partir de las normas sobre residuos peligrosos o de atención de salud, como clasificar y separar este tipo de residuos, un adecuado rotulado y almacenamiento temporal en sitio, la entrega de hojas de seguridad a los transportistas autorizados, contratar el tratamiento y disposición final con gestor especial autorizado, contar con planes de contingencia para atender eventualidades o accidentes y realizar capacitaciones al personal, entre otras.

Con el fin de evitar la propagación del virus, es muy importante que tanto en los hogares como en las empresas industriales y comerciales se tengan en cuenta las pautas y directrices expedidas por el Gobierno Nacional, dentro de las que se destaca la importancia de una correcta separación en la fuente entre los desechos biológicos contaminados y/o potencialmente contaminados, de aquellos residuos ordinarios aprovechables, para evitar que se mezclen y, en consecuencia, que se aumente el riesgo de contagio o infección del ambiente y la salud humana.

***

[1] ONU, abr. 1º/20, ¿Cómo ha de ser la gestión de residuos durante la pandemia del coronavirus?”. Noticias ONU. https://news.un.org/es/story/2020/04/1472202,

ONU, mar. 24/20, La gestión de residuos es un servicio público esencial para superar la emergencia de COVID-19. Programa para el medio ambiente. https://www.unenvironment.org/es/noticias-y-reportajes/comunicado-de-prensa/la-gestion-de-residuos-es-un-servicio-publico-esencial.

[2] Diario Deia (20 de abril de 2020), “La incineración de los residuos de los positivos de COVID-19 destruye el virus”, J Fernández/ Bilbao. Disponible en:

https://www.deia.eus/actualidad/sociedad/2020/04/20/incineracion-residuos-positivos-covid-19/1032724.html

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