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Manual de Compensaciones del Medio Biótico y de Sustracción de Reservas Forestales

Por Ambiental PGP
28 de mayo de 2026 | Publicado en Actualización normativa.

Impacto del nuevo Manual de Compensación: Qué cambió y ruta de acción en 4 bloques operativos

Los planes de compensación ambiental han sufrido una transformación con la reciente actualización del Manual de Compensaciones del Medio Biótico y de Sustracción de Reservas Forestales. En esta se introducen cambios relevantes para proyectos sujetos a licenciamiento ambiental, permisos de aprovechamiento forestal único y sustracciones de reserva forestal. La ANLA y las CAR contarán ahora con criterios de evaluación más técnicos y rigurosos en materia de compensación. No se trata de una modificación meramente formal: continuar estructurando estrategias de compensación bajo los criterios anteriores puede generar requerimientos adicionales, retrasos en trámites ambientales y riesgos regulatorios y sancionatorios relevantes.

🔍 Alcance de la Normativa

Norma: Resolución 305 de 2026 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Derogatorias: Quedan derogadas la Resolución 256 de 2018 y su modificatoria, la Resolución 1428 de 2018.

Ámbito de aplicación: Proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento ambiental, permisos de aprovechamiento forestal único y sustracción (temporal o definitiva) de reservas forestales nacionales o regionales.

Excepciones expresas: El Manual NO aplica a ecosistemas marino-costeros, compensaciones del medio abiótico o socioeconómico, ni al aprovechamiento de árboles aislados (sujetos a reposición determinada por la autoridad).

El contexto: Tres cambios operativos frente al régimen anterior

Hasta ahora, las compensaciones se estructuraban bajo parámetros que permitían ciertos márgenes de ejecución en campo. La nueva normativa modifica la estructuración y evaluación en tres frentes operativos:

  1. Fin de las métricas de ejecución simple: La autoridad ya no solo verificará la siembra o el aislamiento de un área. La evaluación incorpora métricas ecológicas rigurosas y se rige por la pérdida y ganancia neta de biodiversidad, exigiendo pruebas de adicionalidad, equivalencia y conectividad de paisaje.
  2. Restricción temporal con el mercado de carbono: El manual establece que las áreas destinadas a compensación ambiental no podrán ser utilizadas para la generación de bonos de carbono u otros esquemas climáticos durante el tiempo de cumplimiento de la obligación.
  3. Nuevas territorialidades y carga probatoria social: Se habilita la compensación en Zonas de Reserva Campesina y territorios étnicos. Aunque esto amplía las opciones para la consecución de tierras, exige acreditar documentalmente un estándar superior de debida diligencia social ante la autoridad.

Para gestionar legal y técnicamente esta transición normativa, la ruta de acción del proyecto debe estructurarse en los siguientes cuatro bloques operativos:

  1. Diagnóstico de Situación Legal (Plazos de transición)

La norma establece los siguientes plazos según el estado de cada proyecto:

  • Nuevas solicitudes: Las solicitudes que se radiquen a partir de la vigencia de la norma tienen una ventana de tres (3) meses para elegir entre el régimen anterior (Res. 256 de 2018) o el nuevo.
  • Trámites en curso y planes aprobados: Los trámites ya radicados continuarán bajo la norma anterior. Sin embargo, los titulares disponen de doce (12) meses para evaluar operativamente un acogimiento voluntario al nuevo régimen.
  • Proyectos con licencia sin plan aprobado: Los titulares con licencia o permiso, cuyo plan de compensación no haya sido aprobado, tienen un plazo máximo de seis (6) meses para presentarlo bajo el nuevo régimen.
  • Nuevas sustracciones: Se fija un plazo de tres (3) meses para presentar el plan en sustracciones definitivas, y de seis (6) meses para sustracciones temporales (contados a partir de que la autoridad valide formalmente la recuperación de la condición de reserva forestal del área).
  1. Estrategia de Localización Predial

El Manual amplía las áreas permitidas para ejecutar compensaciones. Su viabilidad predial debe evaluarse considerando estas adiciones:

  • Áreas de Vida, Zonas de Reserva Campesina (ZRC) y Territorios Colectivos y Asentamientos Mayores (TECAM).
  • Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA).
  • Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios (categoría de flexibilidad territorial que deberá ser justificada técnicamente).
  • Predios de comunidades étnicas o baldíos con ocupación legítima.

⚠️ Acreditación de Debida Diligencia Social: Para el uso de nuevas territorialidades no basta con la identificación física de la tierra; se exige aportar evidencias que acrediten ante la autoridad el proceso social previo, incluyendo el agotamiento del consentimiento previo y la formalización de ocupaciones legítimas.

  1. Plan de Eficiencia Administrativa (Uso del ICA)

Para los proyectos cobijados por el nuevo manual, se permite modificar áreas y acciones de compensación mediante el Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA), evitando el trámite de modificación de licencia ambiental.

Restricciones del ICA: Esta herramienta de ajuste tiene límites expresos. Se requerirá modificar la licencia si se busca alterar:

  • Objetivos y metas del plan.
  • Indicadores de cumplimiento.
  • Zonificación aprobada.
  • Plazos totales de ejecución.
  1. Matriz de Riesgos Normativos

El cumplimiento del nuevo manual implica documentar y gestionar los siguientes factores ante la autoridad:

  • Separación temporal de ingresos climáticos: Ajustar las proyecciones financieras que dependieran de la superposición simultánea de compensaciones ambientales con esquemas de bonos de carbono.
  • Responsabilidad por infracciones previas: Acogerse voluntariamente al nuevo manual no subsana infracciones pasadas. Las autoridades mantienen la potestad sancionatoria sobre incumplimientos preexistentes.
  • Documentación técnica: Sustentar las áreas elegidas bajo requerimientos de restauración multifuncional y métricas de conectividad de paisaje.

Autodiagnóstico de Proyecto

Para evitar contingencias derivadas de esta actualización, evalúe internamente: ¿Su cronograma normativo, banco de tierras y presupuesto ya contemplan la restricción temporal sobre proyectos de carbono, la acreditación de procesos sociales en los nuevos territorios permitidos y los plazos perentorios aplicables a su caso?

El uso de las flexibilidades procesales (como el ICA) y el cumplimiento de los nuevos plazos exigen un diagnóstico jurídico aplicado al estado actual de su trámite.

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