Manual de Compensaciones del Medio Biótico y de Sustracción de Reservas Forestales
Impacto del nuevo Manual de Compensación: Qué cambió y ruta de acción en 4 bloques operativos
Los planes de compensación ambiental han sufrido una transformación con la reciente actualización del Manual de Compensaciones del Medio Biótico y de Sustracción de Reservas Forestales. En esta se introducen cambios relevantes para proyectos sujetos a licenciamiento ambiental, permisos de aprovechamiento forestal único y sustracciones de reserva forestal. La ANLA y las CAR contarán ahora con criterios de evaluación más técnicos y rigurosos en materia de compensación. No se trata de una modificación meramente formal: continuar estructurando estrategias de compensación bajo los criterios anteriores puede generar requerimientos adicionales, retrasos en trámites ambientales y riesgos regulatorios y sancionatorios relevantes.
🔍 Alcance de la Normativa
Norma: Resolución 305 de 2026 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Derogatorias: Quedan derogadas la Resolución 256 de 2018 y su modificatoria, la Resolución 1428 de 2018.
Ámbito de aplicación: Proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento ambiental, permisos de aprovechamiento forestal único y sustracción (temporal o definitiva) de reservas forestales nacionales o regionales.
Excepciones expresas: El Manual NO aplica a ecosistemas marino-costeros, compensaciones del medio abiótico o socioeconómico, ni al aprovechamiento de árboles aislados (sujetos a reposición determinada por la autoridad).
El contexto: Tres cambios operativos frente al régimen anterior
Hasta ahora, las compensaciones se estructuraban bajo parámetros que permitían ciertos márgenes de ejecución en campo. La nueva normativa modifica la estructuración y evaluación en tres frentes operativos:
- Fin de las métricas de ejecución simple: La autoridad ya no solo verificará la siembra o el aislamiento de un área. La evaluación incorpora métricas ecológicas rigurosas y se rige por la pérdida y ganancia neta de biodiversidad, exigiendo pruebas de adicionalidad, equivalencia y conectividad de paisaje.
- Restricción temporal con el mercado de carbono: El manual establece que las áreas destinadas a compensación ambiental no podrán ser utilizadas para la generación de bonos de carbono u otros esquemas climáticos durante el tiempo de cumplimiento de la obligación.
- Nuevas territorialidades y carga probatoria social: Se habilita la compensación en Zonas de Reserva Campesina y territorios étnicos. Aunque esto amplía las opciones para la consecución de tierras, exige acreditar documentalmente un estándar superior de debida diligencia social ante la autoridad.
Para gestionar legal y técnicamente esta transición normativa, la ruta de acción del proyecto debe estructurarse en los siguientes cuatro bloques operativos:
- Diagnóstico de Situación Legal (Plazos de transición)
La norma establece los siguientes plazos según el estado de cada proyecto:
- Nuevas solicitudes: Las solicitudes que se radiquen a partir de la vigencia de la norma tienen una ventana de tres (3) meses para elegir entre el régimen anterior (Res. 256 de 2018) o el nuevo.
- Trámites en curso y planes aprobados: Los trámites ya radicados continuarán bajo la norma anterior. Sin embargo, los titulares disponen de doce (12) meses para evaluar operativamente un acogimiento voluntario al nuevo régimen.
- Proyectos con licencia sin plan aprobado: Los titulares con licencia o permiso, cuyo plan de compensación no haya sido aprobado, tienen un plazo máximo de seis (6) meses para presentarlo bajo el nuevo régimen.
- Nuevas sustracciones: Se fija un plazo de tres (3) meses para presentar el plan en sustracciones definitivas, y de seis (6) meses para sustracciones temporales (contados a partir de que la autoridad valide formalmente la recuperación de la condición de reserva forestal del área).
- Estrategia de Localización Predial
El Manual amplía las áreas permitidas para ejecutar compensaciones. Su viabilidad predial debe evaluarse considerando estas adiciones:
- Áreas de Vida, Zonas de Reserva Campesina (ZRC) y Territorios Colectivos y Asentamientos Mayores (TECAM).
- Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA).
- Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios (categoría de flexibilidad territorial que deberá ser justificada técnicamente).
- Predios de comunidades étnicas o baldíos con ocupación legítima.
⚠️ Acreditación de Debida Diligencia Social: Para el uso de nuevas territorialidades no basta con la identificación física de la tierra; se exige aportar evidencias que acrediten ante la autoridad el proceso social previo, incluyendo el agotamiento del consentimiento previo y la formalización de ocupaciones legítimas.
- Plan de Eficiencia Administrativa (Uso del ICA)
Para los proyectos cobijados por el nuevo manual, se permite modificar áreas y acciones de compensación mediante el Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA), evitando el trámite de modificación de licencia ambiental.
Restricciones del ICA: Esta herramienta de ajuste tiene límites expresos. Se requerirá modificar la licencia si se busca alterar:
- Objetivos y metas del plan.
- Indicadores de cumplimiento.
- Zonificación aprobada.
- Plazos totales de ejecución.
- Matriz de Riesgos Normativos
El cumplimiento del nuevo manual implica documentar y gestionar los siguientes factores ante la autoridad:
- Separación temporal de ingresos climáticos: Ajustar las proyecciones financieras que dependieran de la superposición simultánea de compensaciones ambientales con esquemas de bonos de carbono.
- Responsabilidad por infracciones previas: Acogerse voluntariamente al nuevo manual no subsana infracciones pasadas. Las autoridades mantienen la potestad sancionatoria sobre incumplimientos preexistentes.
- Documentación técnica: Sustentar las áreas elegidas bajo requerimientos de restauración multifuncional y métricas de conectividad de paisaje.
Autodiagnóstico de Proyecto
Para evitar contingencias derivadas de esta actualización, evalúe internamente: ¿Su cronograma normativo, banco de tierras y presupuesto ya contemplan la restricción temporal sobre proyectos de carbono, la acreditación de procesos sociales en los nuevos territorios permitidos y los plazos perentorios aplicables a su caso?
El uso de las flexibilidades procesales (como el ICA) y el cumplimiento de los nuevos plazos exigen un diagnóstico jurídico aplicado al estado actual de su trámite.
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