Ministerio de ambiente y desarrollo sostenible publica decreto sobre la adopción del manual de compensaciones del componente biótico
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible presentó recientemente el proyecto de resolución mediante el cual se adoptaría el nuevo Manual de Compensaciones del Componente Biótico, reemplazando y actualizando la Resolución 256 de 2018. Esta propuesta normativa responde a la necesidad de ajustar el marco técnico y jurídico para garantizar que los proyectos, obras o actividades que generan impactos ambientales no evitables compensen efectivamente la pérdida de biodiversidad y contribuyan a la restauración ecológica del país.
Desde la expedición de la Resolución 1517 de 2012 y su posterior actualización mediante la Resolución 256 de 2018, Colombia avanzó de una visión netamente arbórea, es decir, compensar “árbol por árbol”, hacia un enfoque ecosistémico que reconoce la necesidad de restaurar atributos clave como conectividad, estructura y funcionalidad de los ecosistemas. Sin embargo, durante estos años se evidenciaron importantes retos para lograr la implementación efectiva de las compensaciones: planes de baja calidad técnica, confusiones sobre qué y cuánto compensar, falta de articulación con la planificación regional, y dificultades en la gestión de predios y la participación de comunidades locales.
Para atender estas brechas, la nueva versión del Manual busca resolver obstáculos en todas las fases: generación, aprobación e implementación de los planes de compensación. Además, se articula con políticas como la Estrategia Nacional de Restauración 2023-2026, la Política Nacional de Cambio Climático y el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, alineándose con la meta de consolidar a Colombia como una potencia mundial de la vida.
Ahora bien, el proyecto de resolución introduce los siguientes puntos clave que se pueden agrupar en cinco ejes:
- Lineamientos técnicos más claros y detallados
- Se refuerzan principios como no pérdida neta de biodiversidad, equivalencia ecosistémica y adicionalidad.
- Se actualizan los factores de compensación, especialmente para ecosistemas estratégicos y coberturas transformadas (como páramos, manglares o bosque seco tropical).
- Se precisa cómo definir la línea base, los ecosistemas de referencia y la relación entre impactos residuales y acciones compensatorias.
2. Definición de áreas y modos de compensación
- Se establece que la compensación debe realizarse preferentemente en zonas cercanas al lugar del impacto.
- Se fortalecen criterios para la selección de áreas equivalentes, así como para evitar la especulación de tierras y conflictos prediales.
3. Diversificación de mecanismos y participación comunitaria
- Se amplía la posibilidad de implementar acciones de conservación, restauración y uso sostenible como medidas complementarias.
- Se promueve la inclusión de instrumentos como pagos por servicios ambientales, bancos de hábitat, servidumbres ecológicas y programas de incentivos para comunidades locales.
- Se enfatiza la necesidad de involucrar a actores comunitarios desde la formulación hasta el seguimiento de las medidas.
4. Procedimientos más robustos para aprobación y ajustes
- Se refuerza la obligación de contar con la aprobación del plan de compensación antes de la generación del impacto.
- Se establecen plazos máximos para iniciar la ejecución (seis meses después del impacto) y se regulan las causales y requisitos para solicitar ajustes, con tiempos de respuesta definidos por la autoridad ambiental.
- Se aclara que los ajustes no podrán modificar la esencia de la obligación de compensar, salvo por cambios debidamente justificados.
5. Articulación con acciones climáticas
- El nuevo manual prohíbe que las áreas compensadas se validen, verifiquen o certifiquen como reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero durante la vigencia de la obligación, para evitar doble contabilización con proyectos de carbono.
- Se integra con la Estrategia Nacional de Restauración como solución basada en la naturaleza para restaurar paisajes y aumentar la resiliencia climática.
Teniendo en cuenta lo anterior, la propuesta busca resolver una de las principales limitaciones identificadas por la ANLA y el Ministerio: el alto número de obligaciones pendientes de ejecución. Según datos oficiales, a junio de 2023 se contaban más de 1.000 expedientes activos con obligaciones de compensación, de los cuales solo una fracción se encontraba en ejecución efectiva.
Por eso, el nuevo Manual no solo actualiza conceptos técnicos, sino que introduce herramientas para dinamizar y garantizar que la compensación deje de ser un requisito formal y se convierta en un verdadero motor de restauración, conservación y desarrollo local sostenible.
No obstante, su implementación exigirá a las empresas, consultores, comunidades y autoridades ambientales un mayor rigor técnico, coordinación interinstitucional y compromiso con la calidad y trazabilidad de los resultados.
El proyecto de resolución fue publicado el 05 de julio de 2025 y estará habilitado para recibir comentarios hasta el viernes 25 de julio de 2025 en el siguiente link: https://www.minambiente.gov.co/consultas-publicas/
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