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Proyecto de Ley 292C de 2023: una nueva regulación a los límites del Impuesto Predial Unificado (IPU)

Por PGP Abogados
16 de noviembre de 2023

En un esfuerzo por modernizar y equilibrar el sistema tributario, el Proyecto de Ley 292C de 2023 se presenta como un cambio significativo en la gestión del Impuesto Predial Unificado (IPU). Esta propuesta legislativa busca imponer nuevos límites a los aumentos del IPU que surgen del proceso de actualización catastral o ajustes en las tarifas.

Es preciso señalar que este proyecto no contempla incrementos en las tarifas o en las bases gravables del IPU, manteniendo una estabilidad en estos aspectos clave. Sin embargo, este último punto puede cambiar si la autoridad competente decide actualizarlo durante el proceso.

El corazón de la propuesta radica en una estructura de límites escalonados para el aumento del IPU, que varían entre el 50% y el 300% del impuesto pagado en el año anterior, dependiendo del avalúo resultante de los procesos de actualización (basados en SMLMV) y de la destinación económica del predio.

Por ejemplo, propiedades de uso habitacional y comercial, tanto en zonas urbanas como rurales, con un avalúo catastral de hasta 350 SMLMV, se benefician de incrementos más moderados (entre el 50 % y el 150 %). En contraste, aquellos inmuebles con un valor catastral más alto podrían enfrentar aumentos más significativos (hasta el 300%).

No obstante, hay excepciones notables a estas reglas, como los predios urbanizables aún no desarrollados o aquellos sin uso agropecuario, que quedan fuera de estos límites. Además, se incluye dentro de la definición de lotes urbanizados no construidos o rurales con licencia de parcelación no desarrollados, aquellos predios urbanos con infraestructura de servicios público e infraestructura vial cuya área construida es inferior al 30 % del área total del terreno.

Un detalle clave es el papel de las administraciones municipales que deberán adherirse a estos límites al calcular el tributo. No obstante, el proyecto de ley le confiere la potestad al Distrito Capital para acogerse a estos límites; y a las ciudades capitales de departamentos, de adoptar el régimen especial que se encuentra vigente en Bogotá D.C.

Finalmente, el proyecto introduce una disposición importante sobre la revisión de avalúos catastrales, dándole a la solicitud una nueva connotación jurídica, la cuál es considerarla como un recurso de reconsideración en contra de las facturas del IPU para la vigencia fiscal correspondiente.

Este proyecto se incorpora como una modificación a la Ley 44 de 1990 y deroga los límites y excepciones previstas en la Ley 1995 de 2019.

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