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Seguro Decenal o Anti-Space": una nueva herramienta para los adquirentes de vivienda nueva

Por José Alejandro Rodríguez
25 de abril de 2022 | Publicado en Industria Legal.

Como consecuencia de grandes calamidades como la ocurrida en el año 2013 con el Edificio Space, en Medellín, se han creado e implementado una serie de garantías y mecanismos para proteger a los adquirentes de vivienda nueva.

Con la expedición de la Ley 1796/2016, también conocida como “Ley de Vivienda Segura”, se estableció la obligación de amparo de perjuicios patrimoniales en cabeza de los constructores o enajenadores de vivienda nueva.

No obstante lo anterior, conviene señalar que antes de la expedición de la mencionada ley, el sistema jurídico colombiano contaba con garantías como la garantía decenal contenida en el Código Civil, replicada en la garantía legal para la estabilidad de la obra y la garantía legal para los acabados, ambas consagradas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480/2011).

Ahora bien, para efectos de robustecer el sistema de garantías en el sector de la construcción, mediante el Decreto 282/2019 se reglamentó la Ley 1796/2016, la cual incorporó y definió los mecanismos de amparo de perjuicios patrimoniales, que son: la garantía bancaria, la póliza de seguro y el patrimonio propio mediante la constitución de una fiducia en garantía

En concreto, la póliza de seguro denominada “Seguro Decenal o Anti-Space” tiene como finalidad amparar por un término de 10 años los perjuicios patrimoniales sufridos por la ruina o amenaza de ruina de las viviendas nuevas, término que comenzará a contar desde la expedición del certificado de ocupación técnica.

Conviene indicar que la responsabilidad de contar con esta póliza o cualquier otro mecanismo de amparo se encuentra en cabeza del constructor o enajenador de vivienda nueva.

De igual manera, vale la pena señalar que el “seguro decenal” no está ligado al comprador inicial, sino que se encuentra adherido a la construcción, por cuyo efecto, el seguro podrá ser exigido por cualquier propietario bien sea el primero o los sucesivos, durante los primeros diez años.

De otro lado, es importante resaltar que los mecanismos de amparo son de carácter obligatorio para todos los proyectos de vivienda nueva de cinco o más unidades de vivienda. Asimismo, vale la pena precisar que es aplicable para los proyectos que cuenten con licencia de construcción en la modalidad de obra nueva, radicada en legal y debida forma con posterioridad al 31 de diciembre/2021.

Por último, es importante mencionar que esta nueva herramienta entró en vigor a partir del 1º de enero/2022, y se convierte en una herramienta más en favor del adquirente de vivienda nueva.

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