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Covid-19: Medidas preventivas de la DIAN

Por PGP Abogados
17 de marzo de 2020

El pasado 13 de marzo, la DIAN emitió el Comunicado de Prensa No. 18 por medio del cual atiende los lineamientos del Gobierno Nacional en relación con el Coronavirus (COVID-19) y establece las siguientes medidas preventivas en favor de los contribuyentes:

1. A partir de la fecha, están a su disposición los servicios virtuales que evitan el desplazamiento y asistencia a las instalaciones de la entidad, dentro de los cuales se encuentran:

I) Chat: Ingresando por el portal usted puede contactarse con un agente que le atenderá las consultas tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la orientación en el uso de los servicio en línea.

II) Red Nacional de Quioscos de Autogestión: Esta es una herramienta que le permite al usuario agendar una cita, actualizar y obtener copia del RUT, recuperar la contraseña de ingreso a los servicios en línea, habilitar cuenta de usuario, autorizar, habilitar e inhabilitar numeración de facturación, consultar los recibos de pago - Formato DIAN 490, la obligación financiera, la Información reportada por terceros (Información, exógena), crear solicitud especial con la firma electrónica, renovar instrumento de firma electrónica, verificar correos DIAN y consultar el calendario tributario.

Los quioscos fueron instalados en sitios estratégicos como centros comerciales, cámaras de comercio y universidades. Allí los ciudadanos contarán con el acompañamiento de un agente de servicio que le guiará en la realización del trámite.

III) Asistencia telefónica disponible de lunes a viernes de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 2:00 p. m. a través de la línea de información general (571) 3556922, y la línea de información aduanera (571) 3556924.

En este enlace podrán encontrar la ruta que conecta a los referidos servicios virtuales.

2. El acceso a las instalaciones de la entidad y la atención de trámites y servicios en ventanilla se hará de manera exclusiva para contribuyentes con cita o vencimientos tributarios que tengan dificultad para el cumplimiento de los mismos.

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