DIAN suspende términos en procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria
Mediante Resolución 000022 expedida el día de hoy, la DIAN decidió suspender entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020, los términos en los procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria, por motivos de salubridad pública y como una medida preventiva y de contención ante el avance del COVID-19 (Coronavirus).
La suspensión de los términos, según la citada resolución, se dispuso de la siguiente forma:
En materia aduanera, la suspensión incluye: i) Plazos de autorizaciones o habilitaciones, ii) Respuesta a requerimientos ordinarios de información, iii) Plazos internos para hacer visitas, iv) Tránsitos, almacenamiento y transporte multimodal, v) Plazos para reimportar las mercancías exportadas temporalmente, vi) Plazos para importar menajes, y vii) Plazos para presentar entregas urgentes.
En cuanto a los términos establecidos para la gestión interna de solicitudes y denuncias por el Servicio Informático Electrónico (SIE) de PQRS, también quedan suspendidos del 19 de marzo al 3 de abril. Dicha suspensión incluye los plazos para decidir las solicitudes especiales del Registro Único Tributario (RUT), y en general, las peticiones ingresadas a través del Servicio Informático Electrónico (SIE) pendientes de gestionar.
Como consecuencia de la suspensión de términos ordenada por la DIAN, y durante el mismo tiempo, no habrá atención al público en las dependencias de las direcciones Seccionales de Impuestos, de Aduanas y de Impuestos y Aduanas, Delegadas y del Nivel Central.
Se espera que antes del vencimiento del plazo de suspensión establecido en su resolución, la DIAN informe sobre la continuidad de la medida
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