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Medidas transitorias o suspensión temporal de términos en materia ambiental por covid-19

Por PGP Abogados
19 de marzo de 2020

Con ocasión del COVID-19, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR; Secretaría Distrital de Ambiente-SDA y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA, han adoptado las siguientes medidas o directrices:

1. Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

Conforme a la Resolución CAR No. 0690 del 17 de marzo de 2020, los términos de todas las actuaciones administrativas se suspenderán desde el 18 de marzo hasta el 31 de marzo del 2020. La medida podrá extenderse, conforme a los lineamientos de la Dirección General.

Entre las actuaciones administrativas se incluyen permisos o licencias ambientales, planes de manejo ambiental, planes de manejo restauración y/o recuperación ambiental, procesos sancionatorios, procesos de jurisdicción coactiva, etc.  

Los servicios de atención al ciudadano se harán a través de las plataformas virtuales habilitadas por la CAR: www.car.gov.co o sau@car.gov.co.

2. Secretaría Distrital de Ambiente

Según la Resolución No. 00769 del 17 de marzo de 2020, la SDA suspendió los términos procesales de licencias ambientales, permisos, planes de manejo ambiental, Planes de Manejo, Recuperación y Restauración Ambiental, procesos administrativos sancionatorios, visitas de control y seguimiento ambiental, etc., salvo la imposición de medidas preventivas e indagaciones preliminares.

De igual manera, estará suspendido el préstamo de expedientes y los servicios de atención al ciudadano, se realizarán de manera virtual, a través de la página institucional: www.ambiente.gov.co o atencionalciudadano@ambiente.gov.co

Esta medida estará vigente hasta el 24 de marzo de 2020. No obstante, podría levantarse o extenderse, según las directrices del Gobierno Distrital.

3. Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

La ANLA emitió comunicado indicando que suspenderá la realización de audiencias públicas. No obstante, no se ha pronunciado frente a la suspensión de términos procesales de actuaciones administrativas.

Por el momento, la ANLA mantendrá su horario de atención al público (ventanilla de atención al usuario) de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., bajo las siguientes condiciones: (i) la permanencia de los usuarios en ventanilla no podrá superar más de una (1) hora; y (ii) se deberán acoger las medidas de higiene y protección correspondientes.

Más información en este enlace.

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