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Programas de apoyo al empleo formal (PAEF) y para el pago de la prima de servicios (PAP): modificaciones de la Ley 2060 de 2020

Por PGP Abogados
10 de noviembre de 2020
  1. La vigencia del Programa de apoyo al empleo formal – PAEF se amplía hasta el mes de marzo del año 2021.
  2. Las Cooperativas de Trabajo Asociadas junto con los Patrimonios Autónomos podrán ser potenciales beneficiarios del Programa de apoyo al empleo formal - PAEF.
  3. Los empleados que serán tenidos en cuenta para el cálculo del aporte estatal deberán corresponder al menos en un 50% a los empleados individualmente considerados que hayan sido reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA correspondiente al período de cotización del mes de febrero de 2020.
  4. La cuantía del PAEF corresponderá al número de trabajadores hombres multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40%) del valor del SMLMV, más el número de trabajadoras mujeres multiplicado por hasta el cincuenta por ciento 50% del valor del SMLMV.

    Si las actividades económicas del beneficiario pertenecen a las de los sectores turístico, hotelero y de gastronomía, y las actividades artísticas de entretenimiento y recreación, la cuantía del aporte estatal corresponderá al número de empleados, multiplicado por hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor del SMLMV.
  5. El Programa de apoyo para el pago de la prima de servicios – PAP se aplicará para el segundo pago de la prima de servicios del año 2020.
  6. Los patrimonios autónomos se incorporaron como posibles beneficiarios del PAP.
  7. Para el cálculo del aporte estatal del PAP se entenderá que el número de empleados corresponde al número de empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes correspondiente al período de cotización del mes de diciembre de 2020, quienes deberán haber sido trabajadores reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes en los períodos de cotización de los meses de octubre y noviembre del año 2020.
  8. El plazo señalado a la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Parafiscales será de cuatro (4) años. En este plazo, la entidad podrá verificar que los beneficiarios efectivamente cumplieran con los requisitos para acceder a cada uno de los programas.

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