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Se modifica el porcentaje del anticipo de renta para el año gravable 2020

Por PGP Abogados
10 de junio de 2020

Como medida para mitigar las consecuencias económicas negativas generadas por la emergencia del Covid-19, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 766 del 29 de mayo de 2020, en virtud del cual se modificó el pago del anticipo del Impuesto sobre la Renta para año gravable 2020 que se presenta y paga con la declaración del año gravable 2019, en los siguientes términos:

  1. Por regla general, los contribuyentes del impuesto sobre la renta calcularán el anticipo para el año gravable 2020 conforme a las reglas establecidas en el artículo 807 del Estatuto Tributario.
  2. Se exceptúan de este tratamiento, los contribuyentes que realizan determinadas actividades económicas conforme a su CIIU. Dependiendo de la actividad, el anticipo se reduce a los porcentajes que se indican a continuación:

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