Se prorroga la suspensión de términos prevista en la Resolución 177 del 24 de marzo de 2020 para las actuaciones adelantadas por las Direcciones Distritales de Impuestos y de Cobro y ante las distintas dependencias de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá. La suspensión se prorroga desde el 4 de mayo de 2020 hasta el 30 de mayo de 2020, inclusive, fechas en las que no correrán los términos para todos los efectos de ley.