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Superintendencia de Sociedades y Ministerio del Trabajo: medidas por emergencia sanitaria

Por PGP Abogados
20 de marzo de 2020

Estimado Cliente, debido a la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional, a continuación presentamos información que puede ser de su interés.

Superintendencia de Sociedades:

Mediante la Resolución 100-000978 del 17 de marzo de 2020, se adoptaron las siguientes medidas (1):

  1. Suspender los términos de todas las actuaciones disciplinarias y administrativas a cargo de la Superintendencia de Sociedades, entre el 18 de marzo y el 8 de abril de 2020, inclusive.
  2. Modificar las fechas de presentación de los estados financieros a 31 de diciembre de 2019 de que trata el numeral 1º de la Circular Externa 201-000008 de 22 de noviembre de 2019. Los términos de tal modificación serán anunciados por la entidad.
  3. Suspender la atención al público en las oficinas de la entidad. Se mantienen abiertos los canales de atención no presencial.

Ministerio del Trabajo

Mediante Circular Externa No. 0022 del 19 de marzo de 2020, el Ministerio del Trabajo informó lo siguiente:

  1. Dada la suspensión de términos derivada de la emergencia sanitaria en mención, no se han emitido autorizaciones para despidos colectivos o suspensión de contratos laborales.
  2. Serán los jueces de la República quienes determinen si se configura una fuerza mayor.
  3. Se adoptó la figura de “Fiscalización Laboral Rigurosa”, en virtud de la cual el Ministerio del Trabajo ejercerá de manera estricta las facultades de inspección, vigilancia y control sobre aquellas decisiones que adopten los empleadores respecto de los contratos laborales que se encuentren vigentes durante la emergencia.

Para mayor información o asesoría relacionada, contacte a nuestro equipo pgp@pgplegal.com o acceda a la página web www.pgplegal.com.

Notas

1. “Por la cual se decreta como medida transitoria por motivos de salubridad pública, la suspensión de términos en las actuaciones administrativas y disciplinarias que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades”

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