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Impuesto sobre las Ventas, facturación electrónica y procedimiento tributario: propuesta de reforma tributaria 2021 (Solidaridad sostenible)

Por PGP Abogados
22 de abril de 2021

El pasado 15 de abril, el Gobierno Nacional radicó el Proyecto de Ley 594 de 2020 que contiene la propuesta de reforma tributaria denominada de Solidaridad Sostenible. A continuación se encuentran las principales modificaciones incorporadas en la que sería la tercera reforma del actual gobierno, calculadas con el valor de UVT de 2021 ($36.308):

1. Impuesto sobre las ventas y facturación electrónica

Modificación en la clasificación de bienes y servicios:

Responsables: para los prestadores de servicios al Estado se propone la eliminación de umbral de 4.000 UVT para ser responsables (aplicaría 3.500 UVT general)

Facturación electrónica: (i) aplica para comerciantes y no comerciantes, pero no aplicaría por concepto de salarios; (ii) la obligación de facturar no estaría limitada a ser responsable o no da IVA; (iii) facturación POS no podría superar 30UVT.

Eliminación de base gravable especial sobre AIU: Se eliminaría para servicios temporales, vigilancia y seguridad privada, cooperativas y precooperativas de trabajo asociado y sindicatos. No se hace referencia a los contratos de construcción.

3 días sin IVA: Se mantienen los activos y las UVT que contenía el Decreto Ley 682 de 2020 pero se eliminan bienes e insumos del sector agropecuario hasta de 80 UVT. Los bienes deben estar ubicados en Colombia. Las ventas serían presenciales y/o virtuales, y el pago debe realizarse por medios de pago electrónico.

IVA por adquisición de activos fijos reales productivos: se deroga el descuento tributario en Impuesto sobre la Renta. Puede ser tomado como descontable en IVA, siempre que: (i) los activos se destinen a operaciones gravadas; (ii) la depreciación o amortización sea computable como costo o gasto; y (iii) este soportado mediante factura electrónica.

IVA en el sector de la construcción: se eliminaría la devolución de IVA en construcción vivienda VIS/VIP y la eliminación exclusión de IVAS cadena de suministro (ladrillo, arena, maquinaria).

2. Procedimiento tributario

Inscripción en el RUT:

  1. La Dian estará facultada para inscribir de oficio a cualquier persona natural, aunque no esté sujeto a obligaciones tributarias.
  2. Se establece la inscripción como requisito para acceder y mantener cualquiera de los beneficios sociales otorgados por entidades públicas del orden nacional, departamental o distrital.

Sanciones por incumplimiento de los sistemas de facturación:

Sanción de clausura del establecimiento por 3 días: aplicaría ante el incumplimiento del calendario de implementación de los sistemas de facturación y cuando no se suministre la información a la DIAN para el acceso al software.

Consulte la serie completa

  1. Impuesto sobre la Renta para personas jurídicas
  2. Impuesto sobre la Renta para personas naturales
  3. Impuesto sobre las Ventas, facturación electrónica y procedimiento tributario
  4. Impuestos temporales y solidarios, Impuesto de Normalización Tributaria y otros tributos

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