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Impuestos temporales y solidarios, Impuesto a la Normalización Tributaria y otros tributos: propuesta de reforma tributaria 2021 (Solidaridad sostenible)

Por PGP Abogados
22 de abril de 2021

El pasado 15 de abril, el Gobierno Nacional radicó el Proyecto de Ley 594 de 2020 que contiene la propuesta de reforma tributaria denominada de Solidaridad Sostenible. A continuación se encuentran las principales modificaciones incorporadas en la que sería la tercera reforma del actual gobierno, calculadas con el valor de UVT de 2021 ($36.308):

1. Impuestos temporales y solidarios

Se plantea la creación de los siguientes impuestos:

2. Impuesto de Normalización Tributaria

Se contempla una nueva versión de Impuesto de Normalización Tributaria respecto a los activos omitidos o pasivos inexistentes al 1 de enero de 2022.

Tarifa: 17%.

Base gravable: se prevén las mismas reglas previstas en la normalización de la Ley 2010 de 2019. Igualmente, se incluye la posibilidad de reducir a la mitad la base gravable respecto de los activos que se lleguen a repatriar antes del 31 de diciembre del 2022 y permanezcan en el país hasta 31 de diciembre de 2024.

Fecha de presentación y pago: 25 de septiembre de 2022.

3. Otros tributos

Peajes en ciudades capitales: previa autorización del concejo municipal o distrital, se podrán implementar peajes dentro de la jurisdicción de ciudades capitales como fuente de financiación para la sostenibilidad, mejoramiento y expansión de la infraestructura de movilidad.

Sobretasa a la gasolina motor y ACPM: se plantea un esquema ad quantum o específico (antes ad valorem) para la base gravable, en el que la ley determine el valor del impuesto (en pesos) por unidad de volumen de producto.

Impuesto nacional al carbono: (i) incremento en las tarifas por unidad de cada uno de los combustibles fósiles gravados con el impuesto; (ii) inclusión del carbón término como combustible fósil del que se puede predicar el hecho generador del impuesto, así como el resto de sus elementos esenciales a una tarifa de $41.861 por tonelada; (iii) la estipulación del ajuste anual (1 de febrero de cada año) de la tarifa por tonelada del carbono equivalente, con base en la variación del IPC certificado por el DANE (antes conforme a inflación); (iv) la implementación de una tarifa gradual y progresiva durante los próximos 7 años, respecto del gas natural y el gas licuado; y, (v) el cambio de destinación de lo recaudado con el impuesto, dirigiéndolo ahora al nuevo Fondo de Cambio Climático y Desarrollo Sostenible (FONCLIMA).

Nuevos impuestos nacionales:

Consulte la serie completa

  1. Impuesto sobre la Renta para personas jurídicas
  2. Impuesto sobre la Renta para personas naturales
  3. Impuesto sobre las Ventas, facturación electrónica y procedimiento tributario
  4. Impuestos temporales y solidarios, Impuesto de Normalización Tributaria y otros tributos

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